Los correos electrónicos entre el ex gerente general de SQM, Patricio Contesse, y el entonces senador UDI Pablo Longueira, enviados en medio del debate para dar forma al nuevo proyecto de impuesto específico a la minería en 2010, son una de las principales evidencias que la fiscalía mantiene en la causa por cohecho iniciada contra el ex ministro de Economía. También es la prueba que abrirá un debate entre el Ministerio Público y la defensa del ex ejecutivo para determinar la validez de estos antecedentes.
La legalidad en la obtención de esta correspondencia electrónica será uno de los principales cuestionamientos que Samuel Donoso, abogado de Contesse, intentará hacer valer durante la preparación de juicio oral en contra de su representado, instancia donde se discute la licitud de las pruebas. Detrás de esta ofensiva, la defensa del ex ejecutivo de SQM busca que el tribunal invalide la evidencia, lo que, de ser acogido, no sólo extinguiría la responsabilidad penal de Contesse, sino que también podría dejar sin efecto -y pruebas- en la causa abierta contra Longueira por eventual cohecho.
Pero la discusión no solo será relevante para el caso de Longueira. Muchos otros casos podrían emplear como prueba otros correos que Contesse intercambió con otras personas, como el senador Fulvio Rossi; el ex senador Carlos Ominami; o el ex embajador en Paraguay, el dirigente PPD Alejandro Bahamondes.
A través de diversos escritos en el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, Samuel Donoso ha explicitado que no ha autorizado el acceso de la fiscalía a los correos de su cliente. En un documento del 23 de diciembre, el profesional manifestó que sólo “autorizamos la revisión del computador Toshiba (notebook de Contesse) con el objeto de que se accediera a la revisión de la información contenida en dicho dispositivo”. Sin embargo, advierte que “no hemos autorizado la revisión de la correspondencia electrónica de mi representado para lo cual se requiere una autorización ‘especial’ y/o ‘específica’”. Agregó que “evalúa una eventual ilegalidad de la prueba u obtención de correspondencia electrónica de mi defendido con infracción de garantías fundamentales”. En otra presentación de 25 de enero, Donoso reiteró que Contesse no ha autorizado el acceso del Ministerio Público a sus correos, ni tampoco lo hizo un tribunal.
Pese a estas alegaciones -que aún no se traducen en la presentación de recursos por parte de la defensa- desde la fiscalía aseguran que la obtención de estos correos se hizo de acuerdo a lo que estipula la ley, cuando Contesse autorizó la entrega voluntaria de su computador personal (ver entrevista página 4). Según ese documento proporcionado por la Policía de Investigaciones, el ex ejecutivo dijo autorizar “de manera libre y voluntaria, el acceso, revisión y eventual extracción de información contenidos en mi computador”.
El caso del ex gerente de la minera no metálica es el primero que abriría este debate entre fiscales y defensores. Ello porque otros correos no serían objeto de cuestionamiento, como los de Katherine Bischof, ex secretaria de Contesse, quien autorizó al acceder a la totalidad de sus correos y su computador, el que contenía la nutrida agenda de reuniones del ex ejecutivo de SQM con políticos.
Otra de las evidencias del Ministerio Público son los 3,5 millones de e-mails contenidos en el servidor de SQM. De este análisis se podrían obtener nuevas evidencias en todas las aristas de este caso. Pero ello también podría estar en discusión. Abogados de la firma habrían advertido a la Fiscalía, dicen fuentes cercanas a SQM, que los correos de los funcionarios de la empresa podrían no ser usados en un juicio oral porque no existe autorización de cada uno de ellos. Otro abogado ligado a la causa refrenda el argumento y dice que en Chile los correos que las empresas o instituciones facilitan a sus empleados pertenecen a las personas y no a esas entidades, por lo que requieren autorizaciones expresas.
Debate
La licitud de la obtención de estas pruebas no es una discusión aislada entre la fiscalía y la defensa de Contesse. Expertos en materia de Derecho Penal y Constitucional también tienen opinión.
Para José Pedro Silva, académico de Derecho Procesal de la Universidad Católica, basta con que el imputado firme la autorización del acceso de información contenida en un dispositivo para que los fiscales estén autorizados a ocupar como evidencia los correos contenidos en ese computador. “Pienso como la fiscalía, porque el computador es un medio de almacenamiento de los documentos electrónicos y dentro de éstos están todos los correos. Por lo tanto, si autorizo el acceso a la información que guardo en mi disco duro, doy autorización para que accedan a los documentos electrónicos”, señaló Silva y agregó que “si autorizo a intervenir mis correos y renuncio a mi derecho a la confidencialidad, la policía puede hacer uso de aquello que me atañe a mi persona, pero no puede usar los correos en que afecte la intimidad o la confidencialidad de la otra parte, o sea puede hacer un uso parcial de la información”.
El abogado penalista Jorge Bofill, tiene una opinión contraria. Según él, los formularios de autorización para acceder a un computador “son una creación del Ministerio Público. La ley distingue la incautación de ‘objetos y documentos’, de la ‘retención e incautación de correspondencia’ como cosas separadas. Es decir, la retención e incautación de correspondencia requiere de una autorización especial, que no queda cubierta por la de ‘objetos y documentos’”.
Otro cuerpo legal que restringe el acceso a las comunicaciones privadas es la Constitución, la que, según Bofill, “protege de manera especial a las ‘comunicaciones y documentos privados’, que sólo pueden ‘interceptarse, abrirse o registrarse en los casos y formas determinados por la ley’. De hecho, las comunicaciones privadas, dependiendo de la forma en que tengan lugar, gozan de estatutos especiales de protección. Así por ejemplo, interceptar una comunicación telefónica tiene requisitos distintos que la retención e incautación de comunicaciones escritas”.
Para la constitucionalista y ex presidenta del Colegio de Abogados, Olga Feliú, “los correos son personales, se necesita una autorización expresa del tribunal para ingresar a esos correos, porque son comunicaciones privadas que están revestidas de amparo constitucional. Las pruebas obtenidas de manera ilícita no pueden ser consideradas”.