Tras la presentación de diputados de la oposición ante la Contraloría, entre parlamentarios de Chile Vamos cundió la preocupación de que Jorge Bermúdez plantee una recomendación que toque también al jefe de Gabinete.
El hecho de que Andrés Chadwick, ministro del Interior, sea primo del presidente Piñera, ha generado críticas de la oposición pero no del nivel que produjo el nombramiento del hermano del mandatario, Pablo Piñera, como embajador en Argentina.
Ayer, tras la presentación de diputados de la oposición ante la Contraloría, entre algunos parlamentarios de Chile Vamos cundió la preocupación de que Jorge Bermúdez plantee en su respuesta una recomendación que toque también al jefe de Gabinete. Sin embargo, su caso sería distinto.
El artículo 54 de la ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado —el que los diputados opositores plantearon como argumento para dar pie atrás a la designación de Piñera— establece la inhabilidad para ingresar a cargos públicos de personas que tengan un lazo de parentesco de «hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad» respecto de las autoridades y directivos «del organismo de la administración civil del Estado al que postulan, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive».
El caso de Chadwick no cumple con esto: al ser primo hermano, tiene un parentesco de cuarto grado con el presidente (y también con el congelado embajador).
Según quienes conocen el tema, el contralor Bermúdez podría aplicar la misma argumentación que realizó Ramiro Mendoza en un dictamen de 2010, cuando estableció que el principio de probidad -que incluye no contratar a personas con lazos de parentesco- incluía al mandatario. O bien atenuar la aplicación de ese principio, supeditándolo al artículo 32 de la Constitución, que establece que es atribución especial del presidente nombrar y remover a ministros, subsecretarios, intendentes, gobernadores, embajadores y ministros diplomáticos.